Auto Supremo AS/0685/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0685/2017-RA

Fecha: 08-Sep-2017

Con relación al único motivo, en el que el recurrente hace referencia a que él


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 20 de abril de 2017, interponiendo su recurso de casación el 26 del mismo mes y año, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal; por lo tanto, corresponde verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Con relación al único motivo, en el que el recurrente hace referencia a que él no sabía del contenido de la mochila donde se encontró las sustancias controladas y el Auto de Vista al afirmar que cometió el referido delito se incurre en la infracción del art. 3 del CPP; además, porque la mochila en cuestión pertenecía a Anastacia Millares Martínez; y que no se introdujo la prueba (Nº 10). También refiere que, no se escondió maliciosamente; por lo que, llega a la conclusión de que no hay claridad de que él sea el autor y culpable del delito de Transporte de Sustancias Controladas, lo que generó la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales como ser, el debido proceso, la presunción de inocencia, la seguridad jurídica y el derecho a la libertad