Del memorial de fs. 1302 a 1304 vta., se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 1302 a 1304 vta., se extrae el siguiente motivo:
El recurrente alega que el Auto de Vista impugnado, inobservó la fundamentación del recurso de apelación restringida, al declararlo inadmisible bajo el argumento de ser carente de fundamentación y no haber sido interpuesto con la técnica recursiva correcta, sin fundamentar cuál sería la técnica recursiva correcta, pese a que nombró y detalló la inobservancia y la incorrecta aplicación de la norma penal sustantiva, detallando en 5 puntos sus agravios, los cuales no habrían sido considerados a momento de emitirse el Auto de Vista impugnado en vulneración de los derechos de la Administración Tributaria y del Estado, ya que con la técnica recursiva correcta estableció y especificó la vulneración e incorrecta valoración de los medios de prueba presentados y producidos en juicio, aspectos por los que aduce que se le habría coartado su derecho a impugnar las resoluciones judiciales, más aun si se vulnera los intereses del Estado, en infracción del debido proceso previsto en los arts. 115, 180 y 182 de la Constitución Política del Estado (CPE), afirmando que la prueba de lo postulado está en la sentencia y acta de juicio, citando al efecto el Auto Supremo 233 de “4/07/2006” (sic), concluyendo que se violó los arts. 115, 178 y 180 de la CPE
- Por memorial presentado el 18 de mayo 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el Servicio de Impuestos Nacionales, Distrital Santa Cruz, representada por su
- c)El 11 de mayo de 2017 (fs
- Del memorial de fs. 1302 a 1304 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- que la norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual; además, esta labor se
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto al único motivo, por el que la parte recurrente esencialmente denuncia que el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
