Auto Supremo AS/0749/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0749/2017-RA

Fecha: 27-Sep-2017

Auto de Vista ahora impugnado en relación a su persona; sin embargo, siendo que el


Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo, entre otras, al señalar que guarda conformidad con los valores de justicia e igualdad y el principio de eficacia de los derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la justicia y la justicia material, última que exige adoptar criterios que permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos.

IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

De la revisión de antecedentes, se advierte que la recurrente interpuso recurso de casación el 6 de marzo de 2014, sin que conste diligencia de notificación con el


Auto de Vista ahora impugnado en relación a su persona; sin embargo, siendo que el recurso fue presentado pese de no haberse procedido a la notificación, estando cumplida la finalidad de la comunicación con ese actuado y resultando innecesaria nueva diligencia, se tiene que el recurso fue presentado dentro del plazo legal, y ante la Sala que emitió la Resolución impugnada, cumpliéndose de esta manera con el art. 417 del CPP