Auto Supremo AS/0018/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018/2018-RI

Fecha: 18-Ene-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


VISTOS: El recurso de casación de fs. 158 a 162, interpuesto por Germán Prudencio Taboada Párraga, en su calidad de Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) contra el Auto de Vista Nº 203/2017 de 20 de abril, cursante de fs. 154 a 155, pronunciado por la Sala Civil Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso sobre reparación de daño seguido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) contra David Moscoso Ruiz, la concesión de fs. 165, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció el Auto Definitivo Nº 372/2016 de fecha 23 de junio, cursante de fs. 127 a 128, por el que se declaró la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD, dentro del proceso civil ordinario seguido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas –AEMP, representado por el Lic. Germán Prudencio Taboada Párraga; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la entidad pública como parte demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 203/2017 de fecha 20 de abril, cursante a fs. 154 a 155, que confirma la decisión impugnada, resolución que es recurrida de casación por el demandante, que es objeto de análisis en relación a los requisitos de admisibilidad