Auto Supremo AS/0097/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2018

Fecha: 02-Oct-2018

CONSIDERANDO I: Que, del contenido del recurso deducido, se establece que la recurrente lo fundamenta


CONSIDERANDO I: Que, del contenido del recurso deducido, se establece que la recurrente lo fundamenta manifestando que:

Indica que pudo obtener, a través de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), una certificación del Banco de Crédito BCP (Nota CITE No. B03854-20171027-133338) por la cual se prueba que procedió a depositar en la cuenta de PRORURAL (No. 201-5026435-3-02 del referido Banco) los importes de dinero que recibió en su cuenta por parte de Walter Franz Torrico Bernal y otros, devolución realizada mediante tres depósitos que suman alrededor de Bs. 28.000.- (veintiocho mil 00/100 bolivianos), realizados en fechas 30 de junio de 2009 y 30 de enero de 2010; constituyendo prueba de reciente obtención y la cual adjunta a su memorial, cumpliendo los requisitos establecidos en el art. 423 del CPP, debiéndose proceder a la revisión de la Sentencia de 6/2016 de 4 abril por la causal establecida en el art. 421.4 del mismo cuerpo legal