Auto Supremo AS/0339/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2018

Fecha: 31-Oct-2018

En el caso de autos, se establece que es el propio demandante quien manifiesta que

En el caso de autos, se establece que es el propio demandante quien manifiesta que trabajó en el cargo de Jefe Nacional de Operaciones de la Empresa Vanker S.A., conforme se evidencia en su demanda cursante de fs. 5 a 6, corroborado con la documental cursante de fs. 2, es decir que ejercía un cargo de confianza, por lo que se encontraba inmerso en la excepción contenida en el art. 46 de la Ley General del Trabajo; al margen de ello, para la procedencia del pago de horas extras demandadas, éstas deben estar debidamente autorizadas, debiendo acreditarse además la necesidad que tiene el empleador de imponer ese trabajo circunstancial, eventual, necesario, realmente "extraordinario", que debe estar por otra parte autorizado o visado por el Ministerio de Trabajo, en cuya consecuencia y en ningún caso pueden ni deben estar predeterminadas