Contra esta determinación el demandante promovió recurso de reposición con alternativa de apelación, conforme consta
Contra esta determinación el demandante promovió recurso de reposición con alternativa de apelación, conforme consta el escrito de fs. 9 a 10 vta., recurso que previos los trámites de rigor, fue absuelto por Auto Nº 384/2018 de 31 de julio, cursante a fs. 15 y vta., del testimonio, emitido por la Juez a quo, por el que se dejó sin efecto el auto impugnado, disponiendo que se elabore una nueva planilla considerando que para la gestión 2015, el incremento era del 8,5% y el monto emergente de ese incremento, será la base para el incremento del 6% para la gestión 2016
- Demandante:Instituto Boliviano de Normalización y Calidad “IBNORCA”
- Demandado: Vocales de la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental
- Departamento: Chuquisaca
- Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
- I.- Argumentos del recurso de compulsa
- Consiguientemente el decreto de 11 de septiembre de 2018, es lesivo a su derecho a
- Concluyó solicitando que el Tribunal de Compulsa, en atención a los argumentos y fundamentos expuestos,
- De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente
- Contra esta determinación el demandante promovió recurso de reposición con alternativa de apelación, conforme consta
- En consideración a que la impugnación absolvió en parte lo alegado por el recurrente, a
- Radicado el expediente ante el Tribunal de alzada, absolviendo el recurso promovido por el demandante,
- Contra esta determinación la entidad demandante, promovió recurso de casación en el fondo y en
- El recurso de compulsa, previsto por el art
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- Al respecto, el argumento del recurso de compulsa es que el proceso laboral fuese un
- Respecto del recurso de casación en ejecución de Sentencia, éste Tribunal, en la Sala Civil,
- En ese contexto, analizando detenidamente los antecedentes del proceso, este Tribunal no encuentra fundados los
- Consiguientemente, en aplicación de la norma citada precedentemente, se establece que sólo se encuentra permitido
- En conclusión se establece que la actuación del Tribunal de alzada, se acomodó a las
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
