Contra esta determinación la entidad demandante, promovió recurso de casación en el fondo y en
Contra esta determinación la entidad demandante, promovió recurso de casación en el fondo y en la forma, conforme los argumentos contenidos en el escrito de fs. 35 a 41 vta., del testimonio remitido, recurso que fue desestimado por el Tribunal ad quem, mediante, Decreto de 11 de septiembre de 2018, suscrito por los dos Vocales integrantes de la Tribunal ad quem, en aplicación del art. 270-I del CPC-2013 y Autos Supremos Nos. 539/201223 de 20 de diciembre, 314/2013 de 17 de junio y 104/2017-I de 21 de marzo
- Demandante:Instituto Boliviano de Normalización y Calidad “IBNORCA”
- Demandado: Vocales de la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental
- Departamento: Chuquisaca
- Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
- I.- Argumentos del recurso de compulsa
- Consiguientemente el decreto de 11 de septiembre de 2018, es lesivo a su derecho a
- Concluyó solicitando que el Tribunal de Compulsa, en atención a los argumentos y fundamentos expuestos,
- De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente
- Contra esta determinación el demandante promovió recurso de reposición con alternativa de apelación, conforme consta
- En consideración a que la impugnación absolvió en parte lo alegado por el recurrente, a
- Radicado el expediente ante el Tribunal de alzada, absolviendo el recurso promovido por el demandante,
- Contra esta determinación la entidad demandante, promovió recurso de casación en el fondo y en
- El recurso de compulsa, previsto por el art
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- Al respecto, el argumento del recurso de compulsa es que el proceso laboral fuese un
- Respecto del recurso de casación en ejecución de Sentencia, éste Tribunal, en la Sala Civil,
- En ese contexto, analizando detenidamente los antecedentes del proceso, este Tribunal no encuentra fundados los
- Consiguientemente, en aplicación de la norma citada precedentemente, se establece que sólo se encuentra permitido
- En conclusión se establece que la actuación del Tribunal de alzada, se acomodó a las
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
