Auto Supremo AS/0516/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0516/2018

Fecha: 02-Oct-2018

En ese contexto, analizando detenidamente los antecedentes del proceso, este Tribunal no encuentra fundados los

En ese contexto, analizando detenidamente los antecedentes del proceso, este Tribunal no encuentra fundados los motivos traídos a colación para dar cabida al recurso de compulsa y conceder el recurso de casación, por cuanto, lo determinado en el decreto de 11 de septiembre 2018, en relación a lo establecido en el art. 279 del CPC-2013, no constituye una “negativa indebida”; sino una afirmación justificada en norma, al establecer que el Auto de Vista Nº 488/2018, no es recurrible de casación, al no cumplir con la exigencia procesal contemplada en el art. 270 del adjetivo Civil citado, porque la resolución recurrida, no ha sido emitida dentro de un proceso ordinario, sino en ejecución de sentencia emitida dentro de un sumario especial previsto en el Código Procesal del Trabajo, que resuelve una apelación de impugnación de un Auto Interlocutorio, que se refiere a la resolución del rechazo de una observación a una planilla de actualización de salarios devengados, dentro de un proceso laboral de reincorporación; por consiguiente, la impugnación de esta determinación, fue concedida en efecto devolutivo conforme establece el art. 260-II del CPC-2013, que se aplica en materia laboral, por la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y que por su naturaleza, no permite la impugnación posterior en casación