Auto Supremo AS/0538/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0538/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Al respecto como bien lo expresa el recurrente cuando nos remite al Auto Supremo (AS)

Al respecto como bien lo expresa el recurrente cuando nos remite al Auto Supremo (AS) 378 de 28 de septiembre de 2012, este Tribunal Supremo de Justicia, considerando la irrenunciabilidad de los derechos laborales adquiridos o consolidados, dispuesto en el art. 48.III de la CPE y art. 4 de la LGT, apertura excepcionalmente la competencia de la judicatura laboral para los servidores públicos que demanden derechos laborales adquiridos, como sueldos devengados, aguinaldos, vacaciones, bonos de frontera, horas extras, incrementos salariales, descuentos ilegales y otros, que forman parte de la remuneración del trabajador, al constituirse en derechos laborales consolidados, los que se diferencian de los beneficios sociales, porque estos son derechos expectaticios, reservados para trabajadores sometidos al ámbito de aplicación de la LGT y su Decreto Reglamentario