I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 539
Sucre, 2 de octubre de 2018
Expediente : 281/2017
Demandante : Tatiana Villazón Díaz
Demandado : ZOFRA Cobija
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 61 a 63, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori en su condición de Directora General Ejecutiva de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRA COBIJA), contra el Auto de Vista N° 138/2017 de 24 de abril, cursante de fs. 55 a 57, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Tatiana Villazón Díaz contra la entidad en cuya representación se recurre; el Auto Nº 173/2017 de 8 de junio, que concedió el recurso (fs. 66 vta.); el Auto Supremo Nº 281-A de 14 de julio de 2017 (fs. 75), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto, los antecedentes procesales, y;
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 539
Sucre, 2 de octubre de 2018
Expediente : 281/2017
Demandante : Tatiana Villazón Díaz
Demandado : ZOFRA Cobija
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 61 a 63, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori en su condición de Directora General Ejecutiva de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRA COBIJA), contra el Auto de Vista N° 138/2017 de 24 de abril, cursante de fs. 55 a 57, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Tatiana Villazón Díaz contra la entidad en cuya representación se recurre; el Auto Nº 173/2017 de 8 de junio, que concedió el recurso (fs. 66 vta.); el Auto Supremo Nº 281-A de 14 de julio de 2017 (fs. 75), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto, los antecedentes procesales, y;
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Interpuesta la demanda social de pago de beneficios sociales y tramitado el proceso, el Juez
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, ambas partes, interpusieron recurso de apelación (fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Tatiana Mónica Sejas Condori, Directora General Ejecutiva de
- Refiere también que el demandante fue contratado mediante un contrato de prestación de servicios de
- Agrega que, bajo esta interpretación, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el Cite:
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, solicita, se case el Auto de Vista
- CONSIDERACIONES PREVIAS
- En ese contexto, el Tribunal revisará las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, con
- Al respecto, de la revisión de obrados se tiene que, una vez expedida la Sentencia
- Asimismo, a fs
- Por último, de fs
- De la relación anterior, se advierte que en la presente causa se omitió considerar y
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No siendo excusable la omisión advertida, se sanciona al Juez de primer grado y a
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
