Auto Supremo AS/0562/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0562/2018

Fecha: 29-Oct-2018

De ahí que, en el citado art

De ahí que, en el citado art. 274.I.3 del ritual civil, se establece como requisito de procedencia, la obligación de expresar “…con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error…”. En su caso, corresponderá dar aplicación del art. 220.I.4 del citado ritual civil que dispone: “(FORMAS DEL AUTO SUPREMO). La forma del auto supremo será: (…) Improcedente, cuando: (…) El recurso no cumpliera con lo previsto por el Artículo 274, Parágrafo I del presente Código”