VISTOS: El recurso de casación de fs
Materia : Reincorporación
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación de fs. 385 a 389 interpuesto por Marcel Humberto Claure Quezada, en representación de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento s.a., contra el Auto de Vista Nº 70/2018-SSA-I, de 7 de mayo, cursante de fs. 367 a 368, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso social seguido por Javier Rodolfo Jemio Rada y Freddy Yavi Choque, contra la entidad en cuya representación se recurre, la respuesta de fs. 393 a 394; el auto de concesión de fs. 395, y:
I CONSIDERACIONES LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en la materia, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación de fs. 385 a 389 interpuesto por Marcel Humberto Claure Quezada, en representación de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento s.a., contra el Auto de Vista Nº 70/2018-SSA-I, de 7 de mayo, cursante de fs. 367 a 368, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso social seguido por Javier Rodolfo Jemio Rada y Freddy Yavi Choque, contra la entidad en cuya representación se recurre, la respuesta de fs. 393 a 394; el auto de concesión de fs. 395, y:
I CONSIDERACIONES LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en la materia, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- Demandado : Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento s.a
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En mérito a ello corresponde aplicar el art
- 1
- 2
- 3
- Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el Tribunal de
- En ese marco el art
- De ahí que, en el citado art
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
