Para el caso de autos, de la revisión de los antecedentes procesales, podemos verificar que,
Para el caso de autos, de la revisión de los antecedentes procesales, podemos verificar que, la Sentencia cumplió a cabalidad con los requisitos que exige el C.P.T., fundamentando el juez de manera clara y objetiva la valoración que realizó de la prueba presentada y los hechos demostrados, que, de acuerdo con su sana crítica, motivaron el decisorio, por lo que se infiere, que los extremos denunciados son impertinentes, pues no corresponde a esta instancia pronunciarse respecto a la valoración de las pruebas, siendo un acto privativo del Juez de primera instancia; sin embargo, simplemente a manera de aclaración, nos referiremos a las pruebas que alega el recurrente como mal valoradas
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- Con costas y costos
- Se regula el honorario profesional en la suma de UN MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
