Al margen de lo señalado líneas arriba, de la lectura del escrito de demanda se
Al margen de lo señalado líneas arriba, de la lectura del escrito de demanda se advierte que el actor refiere que por Auto Supremo N° 42 de 27 de febrero de 2018 (fs. 7 vta.), se declaró la extinción por inactividad del expediente 2019/2017-CA; por lo que, dentro del plazo establecido en el art. 249 del Código Procesal Civil (CPC), el 04 de septiembre de 2018, presentó nueva demanda contenciosa admirativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0555/2013 de 06 de mayo
- VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por Cinthya Martinez Caceres en su condición de Administradora
- CONSIDERACIONES LEGALES: De una revisión minuciosa del expediente, se evidencia, en la constancia de recepción,
- Asimismo, por la diligencia de notificación de fs
- En ese contexto, el art
- Al margen de lo señalado líneas arriba, de la lectura del escrito de demanda se
- Al respecto, corresponde indicar que el Auto definitivo que declaró extinguida la instancia por inactividad,
- Corresponde establecer que el plazo de seis meses dispuesto en el art
- En el caso de autos, realizando el control de los requisitos de admisibilidad de la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
