Al respecto, corresponde indicar que el Auto definitivo que declaró extinguida la instancia por inactividad,
Al respecto, corresponde indicar que el Auto definitivo que declaró extinguida la instancia por inactividad, da paso a la interposición de una nueva demanda que no tiene vínculo con la primera, puesto que la extinción es una sanción que hace desaparecer todo lo actuado en el proceso en el proceso; por lo que, ante el nuevo proceso, corresponde efectuar un nuevo cómputo del plazo, desde la notificación con la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0555/2013 de 06 de mayo, realizada el 08 de mayo de 2013 (fs. 32), hasta la fecha de recepción de la nueva demanda el 04 de septiembre de 2018 (fs. 13)
- VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por Cinthya Martinez Caceres en su condición de Administradora
- CONSIDERACIONES LEGALES: De una revisión minuciosa del expediente, se evidencia, en la constancia de recepción,
- Asimismo, por la diligencia de notificación de fs
- En ese contexto, el art
- Al margen de lo señalado líneas arriba, de la lectura del escrito de demanda se
- Al respecto, corresponde indicar que el Auto definitivo que declaró extinguida la instancia por inactividad,
- Corresponde establecer que el plazo de seis meses dispuesto en el art
- En el caso de autos, realizando el control de los requisitos de admisibilidad de la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
