Auto Supremo AS/0596/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0596/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En conocimiento del señalado Auto de Vista, el demandado, formuló recurso de casación, a fs

II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
En conocimiento del señalado Auto de Vista, el demandado, formuló recurso de casación, a fs. 68, señalando lo siguiente:
Se violó el art. 47 de la Ley General del Trabajo (LGT), y el art. 35 del su Decreto Reglamentario (DRLGT), al ser imperativo que se acredite la jornada de trabajo, por cualquiera de las partes, para realizar el cómputo y el pago de los beneficios sociales, conforme al inicio y la ruptura de la relación laboral, estos aspectos no han sido acreditados con ningún elemento de prueba, al contrario se demostró con prueba la inexistencia de una relación laboral, y se condena a pagar una suma sin tener certeza, prueba o indicio de la fecha de inicio y conclusión de la supuesta relación laboral, y sin que ningún testigo haya indicado estos aspectos; atentando el principio “ético valor justicia” (sic), previsto en el art. 8 de la Constitución Política del Estado (CPE), y bajo el principio de inversión de la prueba, no se puede atribuir sumas de dinero a favor del trabajador, por un servicio que no presto, o que presto por un término menor al otorgado, sin exclusividad, sin relación de dependencia