Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos:
Como primer agravio reclama, que el Auto de Vista recurrido incurrió en errónea aplicación de la Ley penal, vicio in iudicando; por cuanto, una conducta civil fue forjada como penal, pues el préstamo efectuado por el Banco Solidario a Juan Carlos Quisbert Palacios fue realizado con su consentimiento; sin embargo, el Auto de Vista recurrido incidió en error y contradicciones, puesto que: i) No cuenta con sustento legal ni la enunciación de la doctrina jurídica del art. 335 del CP, que en relación a los alcances del término engaño o artificio debe provocar error en la persona, lo que no ocurrió en su caso, pues su conducta no fue premeditada; ya que, actuó en consulta con el acusador particular que obtuvo el préstamo del Banco; ii) No fundamenta dentro de la normas sustantivas, vulnerando los principios de legalidad y debido proceso; iii) Confirmó la Sentencia con la pena máxima de cinco años por un delito que no cometió, ocasionándole grave perjuicio; y, iv) No sienta ninguna jurisprudencia ni una doctrina jurídica penal, debido a que ratificó la Sentencia
- Por memorial presentado el 19 de febrero de 2018, cursante copia de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 2 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- Por otra parte, acusa que el Auto de Vista recurrido incurrió en valoración defectuosa de
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Conforme prevén los arts
- Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que por diligencia de
- En consecuencia, al constatarse la presentación extemporánea del recurso de casación; puesto que, este Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
