Auto Supremo AS/0916/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0916/2018-RA

Fecha: 08-Oct-2018

Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que por diligencia de


Ahora bien, respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, como se señaló precedentemente, el art. 417 párrafo primero del CPP, establece que deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse presente las disposiciones contenidas en el art. 130 de la referida norma con relación al art. 124 de la LOJ; en sentido de que, este plazo es perentorio e improrrogable y comienza a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación con la Resolución recurrida, transcurriendo ininterrumpidamente hasta su vencimiento a las veinticuatro horas del último día hábil y solamente se suspenderá durante la vacación judicial, debiendo al efecto computarse sólo los días hábiles, conforme prevé el art. 123.I de la LOJ que señala: “Son días hábiles de la semana para las labores judiciales, de lunes a viernes”.

Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que por diligencia de fs. 795, el viernes 2 de febrero de 2018, se procedió a la notificación con el Auto de Vista impugnado al imputado Ramiro Félix Roldan Castillo; y, conforme consta en los cargos de recepción de fs. 800 vta. y 802 vta., el recurrente presentó el recurso de casación el 19 de febrero de 2018; es decir, que el recurso sujeto a examen de admisibilidad, fue interpuesto a los 9 días hábiles de la notificación con la Resolución recurrida