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    Auto Supremo AS/0923/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0923/2018-RA

    Fecha: 08-Oct-2018

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    • Por memorial presentado el 8 de agosto de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Fabiola Gutiérrez Cuba interpuso recurso de apelación restringida
    • c) Por diligencia de 3 de agosto de 2018 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el requisito relativo
    • En relación al primer motivo aduce que en el recurso de apelación restringida denunció defectuosa
    • Por otro lado, sobre los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un agravio
    • Sobre el segundo motivo denunció en el recurso de apelación restringida incongruencia entre la Sentencia
    • Sobre los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un agravio reclamado por falta
    • Con relación al tercer motivo denunció también vulneración a sus derechos, a la igualdad procesal
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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