Por memorial presentado el 8 de agosto de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 923/2018-RA
Sucre, 08 de octubre de 2018
Expediente: La Paz 104/2018
Parte Acusadora: Blanca Martínez Pernea y otro
Parte Imputada: Fabiola Gutiérrez Cuba y otro
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de agosto de 2018, cursante de fs. 418 a 421 vta., Fabiola Gutiérrez Cuba, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 55/2018 de 6 de junio, de fs. 401 a 408, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Blanca Martínez Pernea y Federico Molina Sandoval contra la recurrente y Cristóbal Gutiérrez Escalante, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346, del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 923/2018-RA
Sucre, 08 de octubre de 2018
Expediente: La Paz 104/2018
Parte Acusadora: Blanca Martínez Pernea y otro
Parte Imputada: Fabiola Gutiérrez Cuba y otro
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de agosto de 2018, cursante de fs. 418 a 421 vta., Fabiola Gutiérrez Cuba, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 55/2018 de 6 de junio, de fs. 401 a 408, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Blanca Martínez Pernea y Federico Molina Sandoval contra la recurrente y Cristóbal Gutiérrez Escalante, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346, del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 8 de agosto de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Fabiola Gutiérrez Cuba interpuso recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 3 de agosto de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el requisito relativo
- En relación al primer motivo aduce que en el recurso de apelación restringida denunció defectuosa
- Por otro lado, sobre los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un agravio
- Sobre el segundo motivo denunció en el recurso de apelación restringida incongruencia entre la Sentencia
- Sobre los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un agravio reclamado por falta
- Con relación al tercer motivo denunció también vulneración a sus derechos, a la igualdad procesal
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
