Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0927/2018
Fecha: 10-Oct-2018
Regístrese y notifíquese
Regístrese y notifíquese
-
-
En ese sentido, glosando parcialmente los Autos Supremos 165 de 8 de junio de 2006,
-
Del análisis de los antecedentes y fundamentos expuestos por los excepcionistas y la respuesta emitida
-
La Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre, estableció el siguiente entendimiento: “Pues bien, al
-
III.2. Régimen de la prescripción como motivo de extinción de la acción penal
-
El Código de Procedimiento Penal, señala de forma expresa que de conformidad al art
-
Sobre el cómputo de la prescripción se debe tomar en cuenta lo establecido en el
-
Efectivamente, el anterior sistema procesal permitía la prolongación indefinida de los procesos y el sometimiento
-
Esta definición, aplicada al ámbito penal, significa la expresa renuncia por parte del Estado del
-
Conforme a ello, es el propio Estado el que, a través de la norma penal
-
Tradicionalmente se ha fundamentado la prescripción en diferentes razones, unas de tipo subjetivo, vinculadas a
-
Si bien los anteriores fundamentos son válidos, actualmente la prescripción debe fundamentarse desde la Constitución,
-
Así, respecto al derecho a la defensa, es innegable que si pese al tiempo transcurrido,
-
A lo dicho, debe agregarse lo que el Auto Supremo 554/2016 de 15 de julio,
-
Razonamiento que tiene estricta relación con la previsión establecida en el art
-
Sobre la carga e importancia de la prueba para sustentar una pretensión se tiene desarrollado
-
Ahora bien, teniendo en cuenta que en el ordenamiento jurídico procesal penal, la prescripción como
-
Por lo expuesto, al no existir el ofrecimiento de prueba idónea y pertinente que respalde
-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
-
En cumplimiento de la jurisprudencia constitucional desarrollada en la Sentencia Constitucional Plurinacional 1061/2015-S2 de 26 de
-
Regístrese y notifíquese
-
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Otros enlaces de interés: