Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 949/2018-RA
Sucre, 16 de octubre de 2018
Expediente: Tarija 51/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Alexander Peralta Guzmán
Delito: Asesinato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2018, cursante de fs. 237 a 239 vta., Alexander Peralta Guzmán, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 74/2018 de 23 de agosto, de fs. 227 a 229, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de los familiares de la víctima contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 3) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 949/2018-RA
Sucre, 16 de octubre de 2018
Expediente: Tarija 51/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Alexander Peralta Guzmán
Delito: Asesinato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2018, cursante de fs. 237 a 239 vta., Alexander Peralta Guzmán, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 74/2018 de 23 de agosto, de fs. 227 a 229, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de los familiares de la víctima contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 3) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 45/2017 de 5 de septiembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Alexander Peralta Guzmán interpuso recurso de apelación restringida (fs
- La parte recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado carece de la debida motivación
- Denuncia que el Estado a través de los operadores de justicia por mandato del art
- Señala que el Auto de Vista impugnado, adolece de defectos absolutos, con relación a que
- También denuncia que el Auto de Vista impugnado se encuentra sustentado en argumentos sugestivos, ya
- Refiere que no existe prueba documental ni testifical que incriminen a su persona y que
- Denuncia que nunca se le practicó la prueba del guantelete o absorción atómica para determinar
- Indica que todos lo conocen con el pseudónimo de Negro y no de Camba, como
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- Conforme se precisó en el acápite III inc
- Ante la inobservancia del primer requisito de admisión del recurso, es innecesario ingresar al análisis
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
