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2.- Acusa que el Tribunal de alzada, al disponer se emita una nueva sentencia por el mismo Juez, vulnera el debido proceso, toda vez que el Juez de primera instancia interrumpió la oralidad dispuesta en la Ley Nº 439 y no emitió ni la parte dispositiva de la sentencia en la audiencia complementaria situación que implica una violación al procedimiento, por lo que solicita a este Tribunal anular la sentencia hasta el señalamiento de audiencia complementaria porque ahí nació el vicio de nulidad
- Partes: Dionicio Ruíz Yucra. c/ Teófila Orcko de Armijo y otras
- Proceso: Usucapión decenal, división y partición, nulidad de contrato de venta
- Distrito: Potosí
- El Juez Público Civil y Comercial Segunda de la ciudad de Potosí pronunció Sentencia Nº
- Contra la referida Resolución interponen recurso de apelación Dionicio Ruiz Yucra cursante de fs
- Sobre el análisis del caso en concreto, el memorial de demanda, y de los antecedentes
- Por otra parte en cuanto a la demanda reconvencional de división y partición, declarada
- Finalmente advierte un error de forma en la tramitación de la causa, de acuerdo
- En el caso de Autos se advierte que el Juez A quo, no cumplió con
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae en calidad de resumen las
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- De la respuesta al recurso de casación
- Que el Auto de Vista impugnado se ha circunscrito a los puntos resueltos por el
- Que el recurso de casación debe ser declarado improcedente por no contener una debida fundamentación
- CONSIDERANDO III
- La SC 0731/2010-R de 26 de julio puso énfasis en los principios que rigen las
- En concordancia con éste último principio se tiene a la impugnación tardía de las nulidades,
- Supuestos relacionados con el principio de preclusión, entendido como la clausura definitiva de cada una
- El criterio jurisprudencial que fue reiterado en la SCP Nº 0876/2012 de 20 de agosto,
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el caso en particular y tomando en cuenta que todo sus reclamos tienden a
- En cuanto a que no es correcto que la misma autoridad dicte la Sentencia, resulta
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
