1.De la resolución impugnada
1.De la resolución impugnada:
Del análisis del Auto de Vista de fecha 26 de julio de 2018, cursante de fs. 471 a 476, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario de resolución de contrato y resarcimiento de daños y perjuicios; lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil
Del análisis del Auto de Vista de fecha 26 de julio de 2018, cursante de fs. 471 a 476, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario de resolución de contrato y resarcimiento de daños y perjuicios; lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil
- condición de supervisor
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución de alzada (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3.De la Legitimación procesal
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
