Emitida la resolución de alzada (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de
2.Del plazo de presentación del recurso de casación:
Emitida la resolución de alzada (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 477, se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada en fecha 10 de agosto de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 21 de agosto de 2018, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 494, haciendo el cómputo respectivo, se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
Emitida la resolución de alzada (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 477, se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada en fecha 10 de agosto de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 21 de agosto de 2018, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 494, haciendo el cómputo respectivo, se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
- condición de supervisor
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución de alzada (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3.De la Legitimación procesal
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
