Auto Supremo AS/0990/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0990/2018-RA

Fecha: 05-Oct-2018

b)Acusa que el Tribunal de alzada, omitió dar cumplimiento a lo dispuesto en el art

De la revisión del recurso de casación, se observa que Mary Narda Mireya Heredia Vargas, entre otros aspectos, acusa:
a)Que el Tribunal de alzada como el Juez A quo, no se percataron que la parte demandante, no adjunto certificación, informe o folio real de Derechos Reales, para demostrar el derecho propietario de Mario Heredia Pérez y Dora Vargas de Heredia, conforme a lo dispuesto en la circular N° 131/1997 de 5 de noviembre, para acreditar el derecho propietario de la persona a quien se demanda sobre el inmueble que se pretende usucapir, dispuesto por el A.S. N° 262 de 25 de agosto de 2011 y A.S. N° 461/2017 de 8 de mayo entre otros.
b)Acusa que el Tribunal de alzada, omitió dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 17.I de la Ley Nº 025, de los principios de dirección y saneamiento establecidos en el núm. 4 y 8 del art. 1 del Código Procesal Civil, que le otorga facultades para encaminar las actuaciones procesales