Auto Supremo AS/1032/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1032/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En alzada conforme a la prescripción contenida en el art

En alzada conforme a la prescripción contenida en el art. 264.I del Código Procesal Civil (Ley 439), la norma tiene el texto siguiente: “I. Recibido el expediente original cuando se hubiera concedido la apelación en el efecto suspensivo, el tribunal superior decretará la radicatoria de la causa, señalando audiencia en el plazo máximo de quince días para el diligenciamiento de la prueba a que se refiere el artículo 261, Parágrafo III de este Código, en caso de habérselas solicitado o si el tribunal viere por conveniente hacer uso de su facultad de mejor proveer …” (las negrillas no corresponde al texto original); de acuerdo a la norma descrita se tiene que la potestad de mejor proveer, es extensible al Tribunal de Alzada el que se constituye en una autoridad “de hecho”, para asimilar medios probatorios necesarios para otorgar justicia, en función del principio de verdad material contenido en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado