Auto Supremo AS/1041/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1041/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Señaló también que si bien es cierto que por la recargada carga procesal además de

Señaló también que si bien es cierto que por la recargada carga procesal además de la acefalía de autoridades judiciales a nivel nacional es entendible que se emitan resoluciones con fechas antedatadas, más todavía en el caso de la Sala Civil Tercera que cuenta con una sola vocal, y es por ese hecho y en aplicación del art. 1 num. 4) del Código Procesal Civil que es deber del juzgador asegurarse de que el litigante tenga conocimiento oportuno y eficaz de la actuaciones procesales, más aún si se trata de resoluciones que definen cuestiones de fondo