POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 680 a 681 vta., Con costas
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, cursante de fs
- El referido auto de vista, motivó a Eduardo Felipe Calatayud Levy, Presidente del Club
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso presente, se cuestiona el auto de vista recurrido emitido por el tribunal
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectúe una nueva
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
