Petitorio
Petitorio:
Concluye el memorial solicitando que el Tribunal llamado por ley declare la nulidad del Auto de Vista Nº 43 de fecha 23 de febrero de 2018 y deliberando en el fondo se emita un nuevo Auto de Vista considerando los agravios expresados en la apelación, así como en la nulidad interpuesta y sea todo con el cumplimiento de las formalidades de ley
Concluye el memorial solicitando que el Tribunal llamado por ley declare la nulidad del Auto de Vista Nº 43 de fecha 23 de febrero de 2018 y deliberando en el fondo se emita un nuevo Auto de Vista considerando los agravios expresados en la apelación, así como en la nulidad interpuesta y sea todo con el cumplimiento de las formalidades de ley
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
- Por memorial de fs
- 3
- Agrega que, el Juez de instancia hizo abstracción de los agravios presentados, vulnerando el art
- Petitorio
- CONSIDERACIONES PREVIAS
- En ese contexto, el Tribunal revisará las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, con
- Al respecto cabe señalar que las resoluciones pronunciadas por los juzgadores de grado deben ser
- “I
- II. La sentencia contendrá
- 4
- Bajo estas premisas, se debe convenir que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un
- Esto implica que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a
- La motivación de las resoluciones judiciales entraña en el fondo, una necesaria argumentación y ésta
- Asimismo, en términos de congruencia interna, deberá cuidarse que el decisorio responda a los fundamentos
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- Conforme se puede advertir de lo anterior, la Sentencia de primera instancia acusa un clara
- En suma, estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, falta de motivación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
