I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
Materia : Beneficios sociales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación de fs. 515 a 520 interpuesto por Ricardo Javier Arellano Albornoz, en representación de la Empresa Sudamericana de Construcción srl., contra el Auto de Vista N° 10/2018-SSA-I, de 25 de enero, cursante de fs. 490 a 492, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso sobre beneficios sociales seguido por Rolando Camacho Gallardo, contra la empresa en cuya representación se recurre; la respuesta de fs. 526 a 528; el Auto de 17 de julio de 2018 que concedió el recurso (fs. 529); el Auto de Admisión de fs. 537, los antecedentes procesales y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.-
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 175/2017 de 7 de septiembre (fs. 445-462), declarando PROBADA en parte la demanda e IMPROBADAS las excepciones perentorias de pago y prescripción; disponiendo el pago de Bs.721.606,82 (Setecientos veintiún mil seiscientos seis 82/100 bolivianos), por conceptos de indemnización, vacaciones, aguinaldo, sueldos devengados y multa del 30%
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación de fs. 515 a 520 interpuesto por Ricardo Javier Arellano Albornoz, en representación de la Empresa Sudamericana de Construcción srl., contra el Auto de Vista N° 10/2018-SSA-I, de 25 de enero, cursante de fs. 490 a 492, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso sobre beneficios sociales seguido por Rolando Camacho Gallardo, contra la empresa en cuya representación se recurre; la respuesta de fs. 526 a 528; el Auto de 17 de julio de 2018 que concedió el recurso (fs. 529); el Auto de Admisión de fs. 537, los antecedentes procesales y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.-
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 175/2017 de 7 de septiembre (fs. 445-462), declarando PROBADA en parte la demanda e IMPROBADAS las excepciones perentorias de pago y prescripción; disponiendo el pago de Bs.721.606,82 (Setecientos veintiún mil seiscientos seis 82/100 bolivianos), por conceptos de indemnización, vacaciones, aguinaldo, sueldos devengados y multa del 30%
- Demandado : Sudamericana de Construcción srl. y premebol srl
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera
- Por memorial de fs
- 2
- Respecto al sueldo promedio indemnizable, señala que la autoridad de primera instancia establece un promedio
- En cuanto a la relación obrero patronal, señala que el UNICO EMPLEADOR, así como el
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sobre el caso, de la revisión del expediente, se advierte que el ahora recurrente, habiendo
- Consiguientemente, tratándose de un aspecto que no fue reclamado oportunamente, no corresponde su consideración en
- Sin embargo de la imprecisión contenida en el recurso que se examina y velando por
- En éste contexto, mal podría atribuírsele infracción legal alguna al Tribunal de Apelación, con base
- b) Respecto al sueldo promedio indemnizable, se establece que el Tribunal de Apelación, confirmó la
- c) Sobre el acusado abandono de funciones y la omisión en la valoración de la
- d) En cuanto al hecho de que el representante legal Ing
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación obró en
- Se regula honorarios del profesional abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
