Por memorial de fs
II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Por memorial de fs. 515 a 520, Ricardo Javier Arellano Albornoz, en representación de la Empresa Sudamericana de Construcción srl., interpone recurso de casación contra el Auto de Vista N° 10/2018-SSA-I, de 25 de enero, alegando:
1. Acusa vicio de nulidad en razón a que no existe admisión de la demanda, toda vez que en el Auto de Admisión de 24 de junio de 2015 (fs. 101) se admite la demanda de fs. 89-90, sin considerar que la misma fue retirada mediante el otrosí 6º del memorial de fs. 97 a 100, por el cual se reformula la demanda y que, ésta última, nunca fue admitida
Por memorial de fs. 515 a 520, Ricardo Javier Arellano Albornoz, en representación de la Empresa Sudamericana de Construcción srl., interpone recurso de casación contra el Auto de Vista N° 10/2018-SSA-I, de 25 de enero, alegando:
1. Acusa vicio de nulidad en razón a que no existe admisión de la demanda, toda vez que en el Auto de Admisión de 24 de junio de 2015 (fs. 101) se admite la demanda de fs. 89-90, sin considerar que la misma fue retirada mediante el otrosí 6º del memorial de fs. 97 a 100, por el cual se reformula la demanda y que, ésta última, nunca fue admitida
- Demandado : Sudamericana de Construcción srl. y premebol srl
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera
- Por memorial de fs
- 2
- Respecto al sueldo promedio indemnizable, señala que la autoridad de primera instancia establece un promedio
- En cuanto a la relación obrero patronal, señala que el UNICO EMPLEADOR, así como el
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sobre el caso, de la revisión del expediente, se advierte que el ahora recurrente, habiendo
- Consiguientemente, tratándose de un aspecto que no fue reclamado oportunamente, no corresponde su consideración en
- Sin embargo de la imprecisión contenida en el recurso que se examina y velando por
- En éste contexto, mal podría atribuírsele infracción legal alguna al Tribunal de Apelación, con base
- b) Respecto al sueldo promedio indemnizable, se establece que el Tribunal de Apelación, confirmó la
- c) Sobre el acusado abandono de funciones y la omisión en la valoración de la
- d) En cuanto al hecho de que el representante legal Ing
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación obró en
- Se regula honorarios del profesional abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
