Auto Supremo AS/0999/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0999/2018-RA

Fecha: 07-Nov-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:

Por Sentencia 53/2015 de 1 de octubre (fs. 3 vta. a 7 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante procedimiento abreviado declaró a Ángel Eusebio Hoyos y Claudia Concepción Noguera Espinoza, autores y culpables de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Contratos Lesivos al Estado y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 154, 221 y 224 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión, con costas y resarcimiento del daño civil, regulables en ejecución de Sentencia. En atención a la Sentencia emitida, los representantes legales del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija impetraron la reparación del daño civil (fs. 44 a 50), que fue resuelta mediante Resolución 31/2017 de 3 de julio (fs. 152 vta. a 154 vta.), dictada por la Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró probada la demanda por reparación del daño, sancionando a los sentenciados, al pago de Bs.- 672.126,50 (seiscientos setenta y dos mil ciento veintiséis 50/100), con costas