Por memorial presentado el 7 de febrero de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1018/2018-RA
Sucre, 12 de noviembre de 2018
Expediente: Santa Cruz 79/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Juan Carlos Tolavi Jaldín
Delitos : Tentativa de Homicidio y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2018, cursante de fs. 512 a 519, Juan Carlos Tolavi Jaldín, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 66 de 7 de julio de 2017, de fs. 506 a 509 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Silvia Paz Acosta contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Homicidio y Amenazas, previstos y sancionados por los arts. 251 y 293 con relación al art. 8 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1018/2018-RA
Sucre, 12 de noviembre de 2018
Expediente: Santa Cruz 79/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Juan Carlos Tolavi Jaldín
Delitos : Tentativa de Homicidio y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2018, cursante de fs. 512 a 519, Juan Carlos Tolavi Jaldín, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 66 de 7 de julio de 2017, de fs. 506 a 509 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Silvia Paz Acosta contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Homicidio y Amenazas, previstos y sancionados por los arts. 251 y 293 con relación al art. 8 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 7 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Sobre el particular, analizados los argumentos traídos en casación, resulta evidente que no se precisó
- Las falencias advertidas en el presente recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
