VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1121/2018-RI
Sucre: 06 de noviembre de 2018
Expediente: SC-140-18-S
Partes: Elizabeth Lozada Quinteros c/ Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado
Proceso: Reivindicación y otros
Distrito: santa cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 192 a 200, presentado por Elizabeth Lozada Quinteros, impugnando el Auto de Vista Nº 089/2018 pronunciado el 22 de junio, por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 186 a 187 vta.) en el proceso ordinario de reivindicación y otros, seguido por la recurrente contra el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, la respuesta de fs. 204 a 206, el Auto de concesión de 3 de octubre de 2018 cursante a fs. 207; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Elizabeth Lozada Quinteros representada por Carlos Enrique Badani Zegarra demandó al Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado (fs. 20 a 21 vta.), por acción reivindicatoria y otros, tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia de 16 de marzo de 2017 (fs. 151 a 156) que declaró PROBADA la demanda ordinaria de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble e IMPROBADA la demanda accesoria de daños y perjuicios
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1121/2018-RI
Sucre: 06 de noviembre de 2018
Expediente: SC-140-18-S
Partes: Elizabeth Lozada Quinteros c/ Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado
Proceso: Reivindicación y otros
Distrito: santa cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 192 a 200, presentado por Elizabeth Lozada Quinteros, impugnando el Auto de Vista Nº 089/2018 pronunciado el 22 de junio, por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 186 a 187 vta.) en el proceso ordinario de reivindicación y otros, seguido por la recurrente contra el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro, la respuesta de fs. 204 a 206, el Auto de concesión de 3 de octubre de 2018 cursante a fs. 207; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Elizabeth Lozada Quinteros representada por Carlos Enrique Badani Zegarra demandó al Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro representado por Ybar Antelo Dorado (fs. 20 a 21 vta.), por acción reivindicatoria y otros, tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia de 16 de marzo de 2017 (fs. 151 a 156) que declaró PROBADA la demanda ordinaria de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble e IMPROBADA la demanda accesoria de daños y perjuicios
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Al respecto el Auto Supremo de Admisión Nº 124/2017 estableció que: “El art
- El art
- Si bien el presente proceso tiene como antecedentes haberse fundado en los hechos en la
- El asiento judicial en el presente proceso se encuentra en la ciudad de Santa Cruz
- II
- De donde se concluye que la parte ahora recurrente no ha cumplido con la regla
- Por los fundamentos precedentemente expuestos, corresponde emitir resolución en la forma prevista por los arts
- Sin costas ni costos
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
