II.3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente cumplió con el requisito del plazo (art. 273 Código Procesal Civil) para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que siendo notificada el 7 de septiembre de 2018, presentó el recurso de casación de fs. 453 a 455 vta., el 21 de septiembre del año que transcurre; es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- Proceso: Nulidad de venta de acciones y derechos sucesorios
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 3
- 4
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
