De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista S.C.C. II 250/2018 de fecha 19 de septiembre que cursa de fs. 260 a 262; ésta goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, pues de la revisión de obrados se advierte que por memorial que cursa de fs. 239 a 243, ésta –demandante- interpuso oportunamente recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, impugnación que al haber dado curso a la emisión de un Auto de Vista confirmatorio, se colige que la interposición del presente recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical como a lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Partes: María Maciel Guzmán Núñez c/ Hugo Francisco Martínez Pastor
- Proceso: Cumplimiento de contrato, más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista S
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- b)Reitera que acusa la errónea aplicación del art
- En este mismo acápite, denuncia que los jueces de alzada habrían suplido indebidamente introduciendo el
- En virtud a los citados reclamos, que entre otros, se encuentran inmersos en el recurso
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- Por lo expuesto, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
