Formulada la demanda señalada al exordio y tramitado el proceso, el Juez Sexto de Partido
Auto Supremo Nº 723
Sucre, 12 de diciembre de 2018
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente:388/2017
Demandante:Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Demandado:Laboratorio Fotográfico “ABC” Color
Materia:Coactivo Social
Distrito:Santa Cruz
Magistrada Relatora:María Cristina Díaz Sosa
VISTOS:
El Recurso de Casación en el fondo de fs. 215 a 217 interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) a través de Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda, en su calidad de apoderadas del representante legal y Director General Ejecutivo Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 60 de 11 de mayo de 2016, cursante de fs. 201 a 202, emitido por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso Coactivo Social que sigue la institución recurrente contra Laboratorio Fotográfico “ABC” Color, por aportes devengados a la Seguridad Social de Largo Plazo del Sistema de Reparto; el Auto de fs. 221, que concedió el recurso; Auto Supremo N° 388-A de 1 de septiembre de 2017, de admisibilidad del recurso; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Auto Definitivo
Formulada la demanda señalada al exordio y tramitado el proceso, el Juez Sexto de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Santa Cruz, pronunció el Auto Definitivo Nº 563/14 de 1 de diciembre de 2014, cursante de fs. 155 a 156, declarando Parcialmente Probada la Excepción de Prescripción, del periodo junio/1990 hasta noviembre/1995; e improbada del periodo diciembre/1995 a junio/1996 para el Régimen Complementario y de julio/1996 para el Régimen Básico; correspondiendo a la institución coactivante efectuar el cálculo de los aportes adeudados por la empresa coactivada de los periodos declarados improbados
Sucre, 12 de diciembre de 2018
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente:388/2017
Demandante:Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Demandado:Laboratorio Fotográfico “ABC” Color
Materia:Coactivo Social
Distrito:Santa Cruz
Magistrada Relatora:María Cristina Díaz Sosa
VISTOS:
El Recurso de Casación en el fondo de fs. 215 a 217 interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) a través de Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda, en su calidad de apoderadas del representante legal y Director General Ejecutivo Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 60 de 11 de mayo de 2016, cursante de fs. 201 a 202, emitido por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso Coactivo Social que sigue la institución recurrente contra Laboratorio Fotográfico “ABC” Color, por aportes devengados a la Seguridad Social de Largo Plazo del Sistema de Reparto; el Auto de fs. 221, que concedió el recurso; Auto Supremo N° 388-A de 1 de septiembre de 2017, de admisibilidad del recurso; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Auto Definitivo
Formulada la demanda señalada al exordio y tramitado el proceso, el Juez Sexto de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Santa Cruz, pronunció el Auto Definitivo Nº 563/14 de 1 de diciembre de 2014, cursante de fs. 155 a 156, declarando Parcialmente Probada la Excepción de Prescripción, del periodo junio/1990 hasta noviembre/1995; e improbada del periodo diciembre/1995 a junio/1996 para el Régimen Complementario y de julio/1996 para el Régimen Básico; correspondiendo a la institución coactivante efectuar el cálculo de los aportes adeudados por la empresa coactivada de los periodos declarados improbados
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Formulada la demanda señalada al exordio y tramitado el proceso, el Juez Sexto de Partido
- En grado de apelación deducida por la institución coactivante, conforme memorial de fs
- Contra la mencionada resolución, la institución coactivante formuló Recurso de Casación en el fondo, cuyo
- Refiere que, desde el 7 de febrero de 2009, fecha de promulgación de la Constitución
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, Case el Auto de Vista Nº 60 de
- La problemática central en el presente caso y traída a casación, radica en determinar, si
- De la revisión del CSS se observa que no contempla la institución jurídica de prescripción,
- El art
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- Con carácter previo, corresponde aclarar que la seguridad social está dividido en corto y largo
- Entendida la prescripción como un instituto jurídico, mediante el cual el simple transcurso del tiempo
- Sobre ese entendimiento, corresponde analizar si existen aportes prescritos, es decir, si de algún periodo
- Para evidenciar estos extremos, debemos remitirnos a la Nota de Cargo Nº 26/2014 de 27
- Para una mayor comprensión, el cuadro siguiente, expresa lo señalado líneas arriba
- Con relación a la errónea interpretación del art
- Lo desarrollado en el párrafo anterior, de ninguna manera se opone a lo dispuesto por
- En atención a lo manifestado, corresponde afirmar que el Auto de Vista Nº 60 de
- Por lo argumentado, siendo evidente la no aplicación de la norma constitucional, referida a la
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
