Auto Supremo AS/0726/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0726/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Conforme a lo anterior, se debe tener presente que, si bien la norma constitucional citada

Conforme a lo anterior, se debe tener presente que, si bien la norma constitucional citada consagra la Autonomía Universitaria, no otorga licencia para transigir, enervar o vulnerar los derechos consagrados por la misma CPE, tal el caso de la vocación de continuidad de los servicios y la estabilidad laboral establecidos en su art. 48.II, por cuanto al ser una norma fundamental y fundamentadora, el mismo legislador constituyente ha previsto su obligatorio cumplimiento y sometimiento a sus preceptos, señalando en su art. 410 “I. Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución”