En el recurso de casación en la forma, en el primer punto, transcribió parcialmente los
En el recurso de casación en la forma, en el primer punto, transcribió parcialmente los arts. 1, 24 y 25 del CPC-2013 y alegó que el Tribunal de alzada, incurrió en violación de estas normas, referidas a encaminar el proceso, ordenar a las partes en sus actuaciones y a sanear el mismo, sin identificar cómo se incurrió en esas infracciones; luego en el segundo punto, denunció la violación de los arts. 3 inc. h), 66 y 150 del CPT, porque no se había esperado, que aparezcan los documentos presentados por el demandado, por los que considera, que con ellos desvirtuó la demanda
- Sucre, 12 de diciembre de 2018
- Proceso: Cobro de beneficios sociales
- Distrito: Santa Cruz
- I.- CONSIDERACIONES LEGALES
- Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su
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- En el recurso de casación en la forma, en el primer punto, transcribió parcialmente los
- En el recurso de casación en la forma, no identificó la violación procesal o error
- Estas omisiones, impiden a este Tribunal resolver ambos recursos, porque no se puede identificar las
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario profesional del abogado de la actora en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
