Auto Supremo AS/0753/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0753/2018

Fecha: 13-Dic-2018

Entendida la vacación laboral como el tiempo concedido por Ley, para el cese del trabajo,

Derecho a la vacación laboral anual
Entendida la vacación laboral como el tiempo concedido por Ley, para el cese del trabajo, periodo en el que el trabajador atenderá más adecuadamente sus necesidades familiares y personales, es considerado como un derecho adquirido, regulado por el art. 44 de la LGT, modificado por el art. 1 del DS Nº 3150 de 19 de agosto de 1952; art. 1 del DS Nº 17288 de 18 de marzo de 1980; art. Único del DS Nº 12058 de 24 de diciembre de 1974; y art. Único del DS Nº 12059 de 24 de diciembre de 1974. Normativa que dispone que el derecho a la vacación se lo adquiere después del primer año de trabajo ininterrumpido; que después del año de antigüedad, los trabajadores retirados forzosa o voluntariamente, antes de cumplir un nuevo año de servicios, tienen derecho a la compensación de la vacación en dinero por duodécimas, proporcionales a los meses trabajados en el último periodo. Para el cálculo de la vacación a ser pagada, será el promedio de los 90 días trabajados, anteriores a la fecha aniversario (fecha que da origen al derecho a la vacación) excluyendo todo pago extraordinario