Ante ello, el empleador en cumplimiento de lo que la ley le ordena, debe tomar
Ante ello, el empleador en cumplimiento de lo que la ley le ordena, debe tomar los recaudos necesarios para efectivizar el pago de los beneficios sociales y derechos laborales adeudados, más allá de ser un retiro forzoso, directo, indirecto, voluntario u otro, en resguardo del derecho que asiste al trabajador de percibir de forma oportuna el pago por su trabajo, garantizando de tal manera su subsistencia y la de su familia; de tal forma, queda facultado para efectuar dicho pago en calidad de depósito y/o fondos en custodia por ante el Ministerio de Trabajo, con la debida comunicación a dicha instancia de las observaciones que considere necesarias, salvaguardando además con ello, posibles acciones dilatorias que tiendan a la obtención de un beneficio indebido, como la multa del 30% por parte del trabajador; resguardando de tal forma, el equilibrio necesario entre empleador y trabajador, toda vez que al dar cumplimiento al amparo que la ley otorga al pago oportuno de lo adeudado al trabajador, a la vez también la ley precautela los derechos del empleador, siendo este quien debe hacer uso de ellos
- Sucre, 20 de diciembre de 2018
- DATOS DE LAS PARTES Y DEL PROCESO
- Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
- Tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Salomón Quispe Huanca en
- Concedido el Recurso de Apelación, la Sala Civil, Familiar, Social Niña, Niño y Adolescente, Contencioso
- Contra el Auto de Vista, la empresa demandada interpuso recurso de casación de fs
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- La empresa recurrente refiere que a momento de interponer el recurso de apelación, hizo hincapié
- Concluye su fundamento, solicitando se case en parte la sentencia y el Auto de Vista,
- Contestación al recurso
- A fs
- En el segundo punto, no explicarían de qué forma vulneraria sus derechos el art
- Refiere también, que el recurso interpuesto por la empresa demandada no cumple con los requisitos
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y SU APLICACIÓN EN EL CASO CONCRETO
- Así formulado el Recurso de Casación por Mario Eduardo Azcui Rivero en representación del Gerente
- 2
- Empero cabe señalar que, el DS N° 28699 fue creado bajo el espíritu de propugnar
- Bajo lo señalado, el resguardo del pago oportuno de los derechos y beneficios sociales de
- Ante ello, el empleador en cumplimiento de lo que la ley le ordena, debe tomar
- Bajo este contexto, al evidenciar en el caso de autos que la relación laboral concluyó
- Bajo esos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
