Auto Supremo AS/1067/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1067/2018-RA

Fecha: 21-Dic-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 36/2016 de 18 de julio (fs. 1064 a 1067), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Juan Carlos Espinoza Quintanilla, autor y culpable de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Peculado, Malversación, Concusión y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 154, 142, 144, 151 y 199 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia, concediendo el beneficio de la suspensión condicional de la pena.

Contra la mencionada Sentencia, Jorge Antonio Flores Gonzales en representación del Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción a.i. (fs. 1107 a 1110), interpuso recurso de apelación restringida; a cuyo efecto, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 58/2018 de 1 de agosto, que declaró admisible y procedente en parte el recurso planteado; en cuyo mérito, revocó en parte la Sentencia apelada y teniendo en cuenta que en el presente caso se tratan de delitos de corrupción en estricta aplicación de la parte in fine del art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, declaró la improcedencia de la suspensión condicional de la pena a favor del acusado Juan Carlos Espinoza Quintanilla