Auto Supremo AS/1083/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1083/2018-RA

Fecha: 21-Dic-2018

El art


Asimismo, señalan haber denunciado la falta de participación de un juez técnico durante el desarrollo del juicio, constando en la Sentencia que se encontraba impedido cuando en realidad existiría una excusa rechazada, por lo que, la referida autoridad judicial debió incorporarse, constituyendo una violación al debido proceso; sin embargo el Tribunal de alzada, nuevamente sin fundamentación, habrían señalado que el Tribunal de Sentencia cumplía con el quorum requerido por lo que al no ser una causal de nulidad, no habría existido impedimento para la prosecución del juicio.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP