Auto Supremo AS/1085/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1085/2018-RA

Fecha: 21-Dic-2018

Conforme al análisis del recurso de casación, en sus motivos, primero, segundo, tercero y cuarto


En el caso de autos se advierte que el recurrente, fue notificado el 30 de agosto de 2018 con el Auto de Vista impugnado, interponiendo su recurso de casación el 6 de septiembre del mismo año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles, teniéndose por cumplida la formalidad temporal exigida por el art. 417 del CPP; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Conforme al análisis del recurso de casación, en sus motivos, primero, segundo, tercero y cuarto expuestos precedentemente, el recurrente haciendo una exegesis y abstracción de los argumentos expuestos en el recurso de apelación restringida, en la exposición de sus fundamentos, señala agravios como defectos del art. 370 incs. 5), 6) y 10) del CPP, así como los defectos absolutos; no encontrándose vinculación de estos argumentos con los fundamentos del Auto de Vista emitido, cuando los agravios, deben relacionarse a defectos, errores y falencias en las que incurra el Auto de Vista en la forma de resolver la apelación restringida planteada por las partes; que contrariamente el recurrente no expone agravio alguno que le haya causado el Auto de Vista, limitándose a impugnar nuevamente la Sentencia, conforme se evidencia de la simple lectura de los motivos que argumenta, equivocando por el sentido y la naturaleza jurídica del recurso de casación que conforme al art. 416 primera parte del CPP, únicamente puede ser procedente para impugnar Autos de Vista