De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1.Del recurso de casación del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija
La parte recurrente reitera el contenido de su recurso de apelación restringida, en el cual habría denunciado la existencia de contradicciones, agravios y violaciones a la Constitución, Convenios y Tratados internacionales y leyes del Estado Plurinacional; que la Sentencia fue dictada por dos jueces técnicos; que la víctima en un proceso penal podría intervenir con la ley y tendría derecho a ser oída antes de cada decisión judicial, los jueces estarían obligados a velar las garantías del proceso y que la celebración del juicio sólo con dos jueces técnicos, motivó la interposición de un Amparo Constitucional, que la Sentencia incurrió en los defectos de sentencia previstos por los incs. 4), 5) y 6) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Asimismo se dirige al Tribunal de alzada, señalando que la Sentencia no tiene fundamento ni razonabilidad, que se basó en valoración incongruente de la prueba, aspectos subjetivos, en desconocimiento de las reglas de valoración integral de la prueba, por lo que podrían apreciar la defectuosa valoración de la prueba, errónea aplicación de la ley penal sustantiva y procesal como la falta de fundamentación y la vulneración del art. 173 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- II.2. Del recurso de casación de la Sub Gobernación de San Lorenzo
- La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado vulnera los arts
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- En el planteamiento realizado por la parte recurrente, se advierte la inobservancia del art
- IV.2. Del recurso de casación de la Sub Gobernación de San Lorenzo
- La parte recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no cumplió con verificar si la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
