CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Acusa errónea valoración de la prueba por el Tribunal de Alzada a momento de emitir el Auto de Vista, ya que no tomó en cuenta que existe otro proceso judicial entre los co propietarios del inmueble objeto de la litis, y que fue advertido a momento de suscitar la incompetencia del Juez A quo, proceso en el que se determinó por sentencia: a) Inscribir la superficie del inmueble de 90.26 m2, b) Inscribir las características del inmueble y cumplir el régimen de copropiedad, aspectos técnicos y construcciones previamente con el trámite administrativo ante la entidad administrativa correspondiente, fallo que adquirió calidad de cosa juzgada.
Por lo expuesto solicitan se case el Auto de Vista recurrido, y declare PROBADA la demanda excepción de incompetencia
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Acusa errónea valoración de la prueba por el Tribunal de Alzada a momento de emitir el Auto de Vista, ya que no tomó en cuenta que existe otro proceso judicial entre los co propietarios del inmueble objeto de la litis, y que fue advertido a momento de suscitar la incompetencia del Juez A quo, proceso en el que se determinó por sentencia: a) Inscribir la superficie del inmueble de 90.26 m2, b) Inscribir las características del inmueble y cumplir el régimen de copropiedad, aspectos técnicos y construcciones previamente con el trámite administrativo ante la entidad administrativa correspondiente, fallo que adquirió calidad de cosa juzgada.
Por lo expuesto solicitan se case el Auto de Vista recurrido, y declare PROBADA la demanda excepción de incompetencia
- Proceso: División y partición de herencia
- CONSIDERANDO I
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación, que se pasa a analizar
- CONSIDERANDO II
- De la respuesta al recurso de casación
- Que la matricula computarizada señala claramente el derecho de propiedad del departamento de 90,26 m2
- Por las razones expuestas solicita se declare infundado el recurso de casación, con imposición de
- El Auto Supremo Nº 690/2014 de 254 de noviembre de 2014, señala que la SCP
- En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 9 de mayo, razonó lo siguiente: “…
- Ahora bien, en este Estado Social, Constitucional de Derecho el rol que antes se le
- III.2. De la prueba y su valoración
- José Deker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil Comentado y Concordado, Pág
- Los hecho y los actos jurídicos dice Couture son objetos de afirmación o negación en
- Sin embargo, a nosotros nos interesa ubicar a la prueba en el sentido procesal; en
- Asimismo debemos tener en cuenta ciertos principios referidas a las pruebas, entre las cuales tenemos
- El Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha señalado que: “…es facultad privativa
- III.3. De la división y partición de bien inmueble
- En virtud a los fundamentos expuestos en la doctrina aplicable al caso de Autos, corresponde
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal fallar en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios para el abogado que responde el recurso en Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
