Auto Supremo AS/1221/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1221/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Que la matricula computarizada señala claramente el derecho de propiedad del departamento de 90,26 m2

La parte actora por memorial cursante de fs. 351 a 353, contesta al recurso de casación interpuesto por el recurrente, arguyendo.
Que la matricula computarizada señala claramente el derecho de propiedad del departamento de 90,26 m2 que debe partirse, y con relación al proceso ordinario de comprobación de superficie dimensiones y colindancias se estableció que la superficie del departamento es de 90,26 m2 y no como señala del inmueble; según el recurrente primero se debe cumplir para su registro, régimen de copropiedad, aspectos técnicos y construcciones, se debe cumplirse previamente con el trámite administrativo ante la entidad administrativa correspondiente, NO SIEMPRE, con el proceso de división y partición se deferirá todo lo que se va a partir, una vez emitida la sentencia de división y partición se hará el trámite administrativo, con la presente demanda no se está desconociendo la sentencia emitida por el Juzgado Quinto en lo Civil, y en la presente causa la Juez de primera instancia tiene jurisdicción y competencia para conocer este tipo de procesos, y al no fundamentar las vulneraciones sufridas en el fondo y forma el presente recurso debería ser rechazado de pleno derecho