Auto Supremo AS/1281/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1281/2018

Fecha: 18-Dic-2018

En relación a que la decisión de segunda instancia habría vulnerado el art

1. Acusó que el Auto de Vista es incongruente en su pronunciamiento entre lo apelado y resuelto, debió circunscribirse a los puntos apelados y fundados como agravios, siendo solo uno que versa solamente sobre los antecedentes de dominio, vale decir sobre el título traslativo de propiedad por lo que la resolución de alzada resulta ser extrapetita, vulnerando así el art. 265 del Código Procesal Civil.
En relación a que la decisión de segunda instancia habría vulnerado el art. 265 del Código Procesal Civil, se debe tener presente que el Auto de Vista se circunscribió a la prueba aportada al proceso y estableció que la Sentencia leyó y valoró toda la prueba aportada, tal como estableció en el considerando II de la Resolución de fs. 260 vta. a 261, por lo tanto basó su decisión en la valoración realizada por el A quo, no cambió ni estableció otras pruebas, es así que toma las superficies transferidas tanto al demandante como al demandado, así como la prueba pericial, por ello se tiene que no vulneró el principio de congruencia